La Dirección General del Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) resolvió multar al funcionario Abrahim Zelada López y a la agrupación política Todos, que lo postuló.

Por Mirna Alvarado/La Prensa de Occidente
De acuerdo con la resolución emitida el 8 de octubre pasado, tras verificar el expediente IG-504-2019, que corresponde al informe 24-219 de fecha 24 de agosto de 2019, donde se hace constar que un ciudadano del municipio de La Esperanza presentó una denuncia en contra del jefe edil Abrahim Zelada, señalando incumplimiento de las prohibiciones establecidas en el artículo 223 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
El considerando IV de la resolución emitida por el TSE establece que se consideraron seis acusaciones, la primera es que el jefe edil de La Esperanza, realizó campaña electoral con fondos públicos; la segunda, que durante el proceso electoral, a pesar de que pidió permiso para ausentarse de sus labores administrativas, figuró en los actos protocolarios de inauguración de obras.
La tercera acusación da cuenta que Zelada aprovechaba las actividades públicas para promocionar su partido, colocó pancartas con el logo de la agrupación Todos; el cuarto señalamiento establece que utilizó una camisa morada en actividades públicas, se le imputó de imprimir panfletos, tarjetas de invitación y revistas con fondos públicos que contenían los colores del partido Todos.
El último señalamiento según el documento, es que el alcalde de La Esperanza utilizó al personal municipal en horas hábiles de trabajo con fines políticos.
Pruebas
“El denunciante presenta pruebas como fotografías, fotocopias de actas entre otras”, se lee en el documento. Según la resolución, el 13 de septiembre, Abrahim Zelada fue citado junto con el secretario nacional del partido Todos, Byron Rodríguez Palacios, para presentar sus pruebas de descargo.
El memorial constata que tanto el representante del partido Todos como Zelada presentaron sus argumentos para desvanecer lo manifestado por la Inspectoría General y pidieron un análisis de los documentos que sustentan las denuncias y los argumentos presentados en su contra (alcalde).
Dicho documento señala que el funcionario manifestó que en ningún momento utilizó fondos públicos para la campaña electoral y agregó que los eventos mencionados estaban debidamente agendados, indicó que es falso el uso de la camisa con el color del partido político, además negó el uso de símbolos del partido al que representó.
No obstante, en el considerando VI de la resolución se cita el artículo 223 de la LEPP, en el cual se establecen las conductas reprimidas durante las etapas del proceso electoral, y dentro de las estimadas se encuentra el otorgamiento de regalos, retribuciones que tengan como objetivo lograr, aunque sea de forma subliminal, la obtención de votos para el que se encuentra concediéndolos, a pesar de lo manifestado por el alcalde y el secretario de la agrupación política, “se observa al candidato en cuestión haciendo ofrecimientos de perforación de pozos de agua potable utilizado para la campaña política del partido político Todos, lo cual según él (literal m) del artículo 223 citado está prohibido”, aparece en el documento.
En el considerando VII, se lee que tras el análisis de la Inspectoría General del Tribunal Supremo Electoral, la Dirección General del Registro de Ciudadanos establece que se observa incumplimiento de las prohibiciones establecidas en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, por lo que se procede a SANCIONAR al partido político Todos y al señor Abrahim Zelada López, quien fuera candidato a alcalde del municipio de La Esperanza, departamento de Quetzaltenango, postulado por la mencionada agrupación política.
De acuerdo con el documento, el alcalde de La Esperanza debe pagar una multa que va de los US$50 mil 1 a US$250 mil, es decir su equivalente en quetzales conforme a la tasa de cambio del día, la misma multa se le colocó al partido político Todos.
El pago de la multa debe realizarse 30 días después de que las partes sean notificadas, en caso contrario tanto el partido Todos como el funcionario no podrán efectuar ningún trámite ante el TSE o sus dependencias.
