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Reconocido ginecólogo en Quetzaltenango queda libre de cargos, pero el caso toma un nuevo giro

Lo que parecía el cierre de uno de los casos judiciales más comentados de la última semana en Quetzaltenango terminó por abrir una nueva controversia.

José Cancinos/ laprensadeoccidente.com.gt

El 28 de mayo de 2026, la jueza María Virginia Gómez Monje, titular del Juzgado Pluripersonal de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual de Quetzaltenango, resolvió decretar falta de mérito a favor del ginecólogo Guillermo Roberto Villagrán Anzueto.

El Ministerio Público (MP) lo señalaba por el delito de violencia contra la mujer en su manifestación psicológica en el ámbito privado.

La resolución benefició al médico. Sin embargo, la juzgadora advirtió que la falta de mérito no cierra de forma definitiva el proceso penal. También indicó que, si la investigación incorpora nuevos elementos, Villagrán Anzueto podría comparecer nuevamente para resolver su situación jurídica.

La observación dejó claro que la decisión judicial no equivale a una absolución definitiva ni a una sentencia firme sobre los hechos denunciados.

Las acusaciones que llevaron a los tribunales

El Ministerio Público sustentó la investigación en dos hechos ocurridos durante la relación matrimonial entre Guillermo Villagrán Anzueto y Melba Susana Castillo Ángel.

Según la imputación fiscal, el primer incidente ocurrió el 1 de enero de 2024 en la residencia familiar ubicada en el condominio Burgos, en La Esperanza, Quetzaltenango.

La fiscalía sostuvo que una discusión originada por sugerencias de amistad aparecidas en Facebook derivó en insultos, expresiones denigrantes y actos de agresión física. De acuerdo con la acusación, Villagrán Anzueto humilló a su entonces esposa con palabras ofensivas y además la empujó y le jaló el cabello.

Según la investigación, una de las hijas de la pareja presenció parcialmente el incidente, intentó intervenir y posteriormente llamó a sus abuelos maternos para auxiliar a su madre.

El segundo hecho

La fiscalía afirmó que el 15 de julio de 2024 Villagrán Anzueto realizó aproximadamente veinte llamadas telefónicas a su esposa antes de iniciar una nueva discusión.

Según la imputación, durante ese episodio repitió expresiones humillantes y conductas orientadas al control y dominio dentro de la relación.

El MP sostuvo que ambos acontecimientos provocaron afectaciones psicológicas compatibles con violencia contra la mujer en su manifestación psicológica.

La prueba que no convenció al juzgado

Durante la audiencia, el Ministerio Público presentó varios medios de investigación para respaldar la acusación.

Entre ellos figuraron:

  • La declaración de la hija que intervino durante uno de los incidentes.
  • Los testimonios de los padres de la denunciante.
  • Declaraciones de personas cercanas al entorno familiar.
  • Dictámenes psicológicos elaborados por especialistas.
  • Un examen psicológico forense practicado por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

Tras analizar el expediente, la jueza concluyó que los elementos presentados no alcanzaban el estándar necesario para vincular penalmente al sindicado.

Al fundamentar su resolución, explicó que no podía acceder a la petición fiscal de ligarlo a proceso porque los elementos constitutivos del delito no quedaron debidamente acreditados.

Con base en ese razonamiento, decretó la falta de mérito a favor del profesional.

La advertencia de la jueza

Aunque la resolución favoreció al médico, la jueza realizó una precisión relevante.

Dirigiéndose directamente a Villagrán Anzueto, señaló que la falta de mérito no representa un cierre definitivo ni irreversible.

Explicó que, si el Ministerio Público fortalece la investigación y reúne nuevos elementos que justifiquen revisar nuevamente la situación jurídica del señalado, podrá solicitar una nueva audiencia.

La observación deja abierta la posibilidad de futuras actuaciones procesales.

La reacción de la defensa

Tras conocer la resolución, el abogado defensor Yefri Díaz afirmó que la decisión evidenciaba inconsistencias entre los hechos imputados y los elementos presentados por la fiscalía.

Según el profesional, la jueza determinó que los medios de investigación no concordaban con la acusación formulada.

Además, destacó que la denunciante presentó la denuncia el 17 de julio de 2024, dos días después de uno de los hechos señalados. También argumentó que la investigación no documentó lesiones compatibles con la versión que sostenía la acusación.

Para la defensa, esos aspectos resultaron determinantes para que el tribunal resolviera a favor de Villagrán Anzueto.

“Tengo la frente en alto”

Guillermo Villagrán Anzueto.

Al concluir la audiencia, Guillermo Villagrán Anzueto se pronunció públicamente.

“Estamos libres de toda culpa”, afirmó.

El médico aseguró que afrontó el proceso con tranquilidad y manifestó que mantiene la frente en alto ante familiares, amigos y personas que siguieron el caso.

Asimismo, calificó la resolución de falta de mérito como una reivindicación de su postura dentro del proceso penal.

La postura que aún espera respuesta

Tras conocerse la resolución judicial, se realizaron consultas a la oficina de Comunicación Social del Ministerio Público.

Las preguntas incluyeron si la institución apelará la decisión de la jueza y cuál es su postura respecto a los señalamientos realizados durante la audiencia sobre presuntas deficiencias investigativas.

También se solicitó una reacción sobre las críticas formuladas por la denunciante respecto al manejo del expediente.

Hasta el cierre de esta edición, el MP no había emitido una postura oficial.

TEMA DE INTERÉS

Foro en Xela denuncia normalización de la violencia contra mujeres y exige acciones firmes del MP

Cuando la batalla judicial cambia de escenario

Aunque el fallo favoreció al ginecólogo, el caso parece lejos de concluir.

El abogado de la denunciante, David Rodríguez, anunció que presentará una denuncia ante la Junta de Disciplina Judicial contra la jueza María Virginia Gómez Monje.

Según el escrito que promoverá, la representación de la agraviada considera que durante la audiencia ocurrieron actuaciones irregulares.

Entre los señalamientos figura la presunta presencia de una persona identificada como Zonia Soto en áreas cercanas al despacho judicial antes del inicio de la diligencia. La defensa solicita que las autoridades revisen las grabaciones de videovigilancia para verificar esa situación.

Rodríguez también sostiene que durante la audiencia existió un trato desigual entre las partes.

Afirma que la judicatura limitó determinados argumentos y documentos de la representación de la víctima, mientras que permitió una exposición más amplia de la defensa del sindicado.

La acusación más delicada: parcialidad judicial

La futura denuncia disciplinaria incluye uno de los señalamientos más graves que pueden formularse contra un juzgador: una presunta actuación parcializada.

El abogado de la denunciante sostiene que la jueza no valoró adecuadamente dictámenes psicológicos, testimonios y otros medios de investigación que, según su interpretación, justificaban una ligazón a proceso.

También cuestiona que la resolución otorgara especial relevancia a planteamientos formulados por la defensa.

No obstante, estos señalamientos constituyen acusaciones realizadas por una de las partes y deberán ser conocidos por las instancias disciplinarias correspondientes. Hasta ahora, ninguna autoridad ha emitido una resolución que los confirme.

Un expediente que sigue abierto en varios frentes

La audiencia concluyó después de más de seis horas de discusión jurídica.

Lo que para la defensa representa una victoria procesal, para la denunciante constituye un episodio más dentro de una batalla judicial que, según anunció su representación legal, continuará en otras instancias.

La falta de mérito otorgada a Guillermo Villagrán Anzueto marcó un punto de inflexión en el caso, pero no necesariamente su final.

Mientras el Ministerio Público analiza sus próximos pasos, la defensa celebra la resolución, la denunciante prepara acciones disciplinarias y la advertencia pronunciada por la jueza permanece en el expediente como recordatorio de que, jurídicamente, la puerta aún no está completamente cerrada.

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Reconocido ginecólogo en Quetzaltenango queda libre de cargos, pero el caso toma un nuevo giro

Lo que parecía el cierre de uno de los casos judiciales más comentados de la última semana en Quetzaltenango terminó por abrir una nueva controversia.

José Cancinos/ laprensadeoccidente.com.gt

El 28 de mayo de 2026, la jueza María Virginia Gómez Monje, titular del Juzgado Pluripersonal de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual de Quetzaltenango, resolvió decretar falta de mérito a favor del ginecólogo Guillermo Roberto Villagrán Anzueto.

El Ministerio Público (MP) lo señalaba por el delito de violencia contra la mujer en su manifestación psicológica en el ámbito privado.

La resolución benefició al médico. Sin embargo, la juzgadora advirtió que la falta de mérito no cierra de forma definitiva el proceso penal. También indicó que, si la investigación incorpora nuevos elementos, Villagrán Anzueto podría comparecer nuevamente para resolver su situación jurídica.

La observación dejó claro que la decisión judicial no equivale a una absolución definitiva ni a una sentencia firme sobre los hechos denunciados.

Las acusaciones que llevaron a los tribunales

El Ministerio Público sustentó la investigación en dos hechos ocurridos durante la relación matrimonial entre Guillermo Villagrán Anzueto y Melba Susana Castillo Ángel.

Según la imputación fiscal, el primer incidente ocurrió el 1 de enero de 2024 en la residencia familiar ubicada en el condominio Burgos, en La Esperanza, Quetzaltenango.

La fiscalía sostuvo que una discusión originada por sugerencias de amistad aparecidas en Facebook derivó en insultos, expresiones denigrantes y actos de agresión física. De acuerdo con la acusación, Villagrán Anzueto humilló a su entonces esposa con palabras ofensivas y además la empujó y le jaló el cabello.

Según la investigación, una de las hijas de la pareja presenció parcialmente el incidente, intentó intervenir y posteriormente llamó a sus abuelos maternos para auxiliar a su madre.

El segundo hecho

La fiscalía afirmó que el 15 de julio de 2024 Villagrán Anzueto realizó aproximadamente veinte llamadas telefónicas a su esposa antes de iniciar una nueva discusión.

Según la imputación, durante ese episodio repitió expresiones humillantes y conductas orientadas al control y dominio dentro de la relación.

El MP sostuvo que ambos acontecimientos provocaron afectaciones psicológicas compatibles con violencia contra la mujer en su manifestación psicológica.

La prueba que no convenció al juzgado

Durante la audiencia, el Ministerio Público presentó varios medios de investigación para respaldar la acusación.

Entre ellos figuraron:

  • La declaración de la hija que intervino durante uno de los incidentes.
  • Los testimonios de los padres de la denunciante.
  • Declaraciones de personas cercanas al entorno familiar.
  • Dictámenes psicológicos elaborados por especialistas.
  • Un examen psicológico forense practicado por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

Tras analizar el expediente, la jueza concluyó que los elementos presentados no alcanzaban el estándar necesario para vincular penalmente al sindicado.

Al fundamentar su resolución, explicó que no podía acceder a la petición fiscal de ligarlo a proceso porque los elementos constitutivos del delito no quedaron debidamente acreditados.

Con base en ese razonamiento, decretó la falta de mérito a favor del profesional.

La advertencia de la jueza

Aunque la resolución favoreció al médico, la jueza realizó una precisión relevante.

Dirigiéndose directamente a Villagrán Anzueto, señaló que la falta de mérito no representa un cierre definitivo ni irreversible.

Explicó que, si el Ministerio Público fortalece la investigación y reúne nuevos elementos que justifiquen revisar nuevamente la situación jurídica del señalado, podrá solicitar una nueva audiencia.

La observación deja abierta la posibilidad de futuras actuaciones procesales.

La reacción de la defensa

Tras conocer la resolución, el abogado defensor Yefri Díaz afirmó que la decisión evidenciaba inconsistencias entre los hechos imputados y los elementos presentados por la fiscalía.

Según el profesional, la jueza determinó que los medios de investigación no concordaban con la acusación formulada.

Además, destacó que la denunciante presentó la denuncia el 17 de julio de 2024, dos días después de uno de los hechos señalados. También argumentó que la investigación no documentó lesiones compatibles con la versión que sostenía la acusación.

Para la defensa, esos aspectos resultaron determinantes para que el tribunal resolviera a favor de Villagrán Anzueto.

“Tengo la frente en alto”

Guillermo Villagrán Anzueto.

Al concluir la audiencia, Guillermo Villagrán Anzueto se pronunció públicamente.

“Estamos libres de toda culpa”, afirmó.

El médico aseguró que afrontó el proceso con tranquilidad y manifestó que mantiene la frente en alto ante familiares, amigos y personas que siguieron el caso.

Asimismo, calificó la resolución de falta de mérito como una reivindicación de su postura dentro del proceso penal.

La postura que aún espera respuesta

Tras conocerse la resolución judicial, se realizaron consultas a la oficina de Comunicación Social del Ministerio Público.

Las preguntas incluyeron si la institución apelará la decisión de la jueza y cuál es su postura respecto a los señalamientos realizados durante la audiencia sobre presuntas deficiencias investigativas.

También se solicitó una reacción sobre las críticas formuladas por la denunciante respecto al manejo del expediente.

Hasta el cierre de esta edición, el MP no había emitido una postura oficial.

TEMA DE INTERÉS

Foro en Xela denuncia normalización de la violencia contra mujeres y exige acciones firmes del MP

Cuando la batalla judicial cambia de escenario

Aunque el fallo favoreció al ginecólogo, el caso parece lejos de concluir.

El abogado de la denunciante, David Rodríguez, anunció que presentará una denuncia ante la Junta de Disciplina Judicial contra la jueza María Virginia Gómez Monje.

Según el escrito que promoverá, la representación de la agraviada considera que durante la audiencia ocurrieron actuaciones irregulares.

Entre los señalamientos figura la presunta presencia de una persona identificada como Zonia Soto en áreas cercanas al despacho judicial antes del inicio de la diligencia. La defensa solicita que las autoridades revisen las grabaciones de videovigilancia para verificar esa situación.

Rodríguez también sostiene que durante la audiencia existió un trato desigual entre las partes.

Afirma que la judicatura limitó determinados argumentos y documentos de la representación de la víctima, mientras que permitió una exposición más amplia de la defensa del sindicado.

La acusación más delicada: parcialidad judicial

La futura denuncia disciplinaria incluye uno de los señalamientos más graves que pueden formularse contra un juzgador: una presunta actuación parcializada.

El abogado de la denunciante sostiene que la jueza no valoró adecuadamente dictámenes psicológicos, testimonios y otros medios de investigación que, según su interpretación, justificaban una ligazón a proceso.

También cuestiona que la resolución otorgara especial relevancia a planteamientos formulados por la defensa.

No obstante, estos señalamientos constituyen acusaciones realizadas por una de las partes y deberán ser conocidos por las instancias disciplinarias correspondientes. Hasta ahora, ninguna autoridad ha emitido una resolución que los confirme.

Un expediente que sigue abierto en varios frentes

La audiencia concluyó después de más de seis horas de discusión jurídica.

Lo que para la defensa representa una victoria procesal, para la denunciante constituye un episodio más dentro de una batalla judicial que, según anunció su representación legal, continuará en otras instancias.

La falta de mérito otorgada a Guillermo Villagrán Anzueto marcó un punto de inflexión en el caso, pero no necesariamente su final.

Mientras el Ministerio Público analiza sus próximos pasos, la defensa celebra la resolución, la denunciante prepara acciones disciplinarias y la advertencia pronunciada por la jueza permanece en el expediente como recordatorio de que, jurídicamente, la puerta aún no está completamente cerrada.

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