En este Acuerdo se indican cuales son los documentos que los estudiantes de medicina con pensum cerrado, así como los médicos extranjeros que estén realizando especialización en hospitales nacionales, deben cumplir para ser contratados y apoyar en la atención al covid-19.
Por José Racancoj
En el Diario Oficial el Ministerio de Salud publicó este martes el Acuerdo Ministerio 182-2020, donde se establecer la normativa para la contratación de médicos pendientes de acto de graduación, nacionales y extranjeros en Guatemala.
Este acuerdo ministerial se enmarca en el Decreto 22-2020 del Congreso de la República para la contratación de estudiantes de medicina con pénsum cerrado que solo tengan pendiente la graduación.
En el artículo 1, la cartera de Salud instruye a las unidades ejecutoras el requerir los documentos de los estudiantes de medicina con pénsum cerrado pendientes de graduación para el proceso de contratación dentro del apoyo en la atención de la pandemia de coronavirus.
A los estudiantes se les solicita lo siguiente:
- Hoja de vida actualizada
- Copia del DPI
- Constancia de inscripción al RTU
- Constancia de centro de estudios que indique que el estudiante tiene pénsum cerrado y solo está pendiente del acto de graduación
- Declaración jurada con base en el artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado, modelo que será proporcionado por el Ministerio
- Cheque anulado para verificar que posee cuenta bancaria
En el artículo 2 se detalla que los médicos extranjeros que estén realizando especialización en algún hospital nacional deben presentar los siguientes documentos:
- Hoja de vida actualizada
- Copia de DPI o pasaporte
- Copia de título
- Copia del título con legalización de firmas del Ministerio de Relaciones Exteriores
- Colegiado profesional transitorio
- Constancia del hospital en donde realiza su especialización
- Declaración jurada con base en el artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado, modelo que será proporcionado por el Ministerio
- Cheque anulado para verificar que posee cuenta bancaria
- Constancia de inscripción al RTU
En el artículo 5, la cartera de Salud informa que las unidades ejecutoras, luego de haber revisado que la papelería esté completa, deberán emitir el contrato en un término de dos a tres días.
Estas contrataciones deberán ser reportadas por las unidades ejecutoras en los primeros tres días de cada mes a la Dirección General de Recursos Humanos, según detalla el documento en el artículo 7.
El presente acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020 y empieza a regir el día de su publicación en el Diario Oficial.
Lee aquí el Acuerdo completo: legal.dca.gob.gt/