El Ministerio de Salud publicó en el Diario Oficial, un acuerdo donde se establece una estrategia que permita retomar la economía nacional, sin perder de vista la vida de la población, la estrategia consta de cuatro fases para poder llegar a lo que se ha llamado la “apertura a la nueva normalidad”.

Por Mirna Alvarado
En el diario oficial fue publicado este martes el acuerdo ministerial número 144-2020, en el que se establece la Estrategia Nacional de control de la epidemia de SARS Cov-2 que condiciona el confinamiento, el objetivo es regular el control de la transmisión y los efectos del virus.
Pero este miércoles se publicó de nuevo en el Diario Oficial el acuerdo ministerial 146-2020, con el que se reforma el 144-2020, de acuerdo con el Ministerio de Salud, las reformas fueron de forma y no de fondo, por lo que los objetivos de este plan siguen siendo los mismos.
El acuerdo en cuestión busca la implementación de las acciones poblacionales que se deben tomar para la desescalada de las medidas de confinamiento y la reapertura condicionada, de esa cuenta retomar las actividades productivas y económicas del país.
El desconfinamiento tiene como sustento la estrategias de control del Covid-19, por eso se contempla la expansión de pruebas y prácticas de investigación epidemiológica, de igual manera un aumento en la capacidad tecnológica para el reporte y flujo de información.
Otro aspecto importante que determina es el rastreo de contactos para identificación y control de brotes, el Ministerio de Salud, anunció además las medidas que se deberán tomar para el funcionamiento de las empresas y la circulación del transporte público de pasajeros.
El Vicepresidente Guillermo Castillo, explicó que el plan de reactivación economía tras la emergencia de Covid-19, busca reforzar los sectores que se han visto más golpeados por el impacto de la pandemia, en especial el turismo, que es uno de los principales pilares de la economía nacional.
Fases de la desescalada
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, estableció cuatro fases para la desescalada de las medidas de confinamiento y la reapertura condicionada, basada en estos indicadores.
Fase 0 – Preparación para la desescalada:
Proveerá relajación de las medidas de confinamiento que permitan el alivio a los ciudadanos y centros de trabajo, permitiendo la movilidad fuera del domicilio y medidas con un riesgo de contagio muy bajo. Para ello se deberán cumplir indicadores como:
• Descenso en la notificación de casos nuevos y sospechosos de Covid-19 en un período de 14 días.
• Disminución en la saturación de camas hospitalarias de cuidados críticos, a menos de un 80 por ciento por casos de Covid-19.
• Disponibilidad de equipo de protección personal para el personal de salud para cinco días.
Fase I – Inicio de la desescalada:
• Permitirá que luego de cumplir la fase anterior en un territorio geográfico se pueda abrir parcialmente las actividades económicas y centros de trabajo como el comercio o servicios de mostrador, restaurantes y cafeterías.
Se incluirá actividades deportivas profesionales y alojamientos turísticos, aunque sin uso de zonas comunes y con restricciones. Para esta fase se deben cumplir estos indicadores:
• Descenso de casos nuevos y sospechosos de Covid-19 por 14 días después de entrar en la fase 0.
• Descenso del 15 por ciento en la proporción de pruebas positivas de coronavirus por un período de 14 días.
• Disminución del 75 por ciento en saturación de camas hospitalarias de cuidado crítico con relación a pacientes con coronavirus.
• Disponibilidad de equipo de protección personal para el personal de salud para diez días.

El titular de la comisión contra el coronavirus, Edwin Asturias, señaló que Guatemala se encuentra en el momento crítico por la pandemia y las próximas semanas serán difíciles, añadió que este miércoles explicará las razones de la publicación del acuerdo ministerial y las proyecciones respectivas.
Fase II – Apertura intermedia:
Permitirá la apertura parcial de actividades económicas y centros de trabajo que estaban restringidas en la fase I, siempre y cuando se cumplan los siguientes indicadores:
• Descenso de casos nuevos, sospechosos de Covid-19 o tener reincidencia cero por 14 días después de la fase anterior.
• Descenso del 15 por ciento en la proporción de pruebas positivas, con respecto a la fase anterior.
• Disponibilidad de equipo de protección para el personal de salud para 15 días.
Fase III – Apertura a la nueva normalidad
Esta fase prevé la apertura de todas las actividades económicas y centros de trabajo, manteniendo las medidas de seguridad y distanciamiento social. Para ello se debe cumplir lo siguiente:
• Que no se den casos nuevos o sospechosos por 14 días, con base en la fase anterior.
• Tener por ese mismo período pruebas positivas por debajo del 10 por ciento de las muestras.
• Disminuir en un 70 por ciento la saturación de camas hospitalarias de cuidado crítico por casos de coronavirus.
• Instalar Junta Asesora del Turismo para darle seguimiento a reactivación del sector
Entidades tienen previsto reactivar el turismo interno en julio de 2020 tras suspensión por la pandemia del Covid-19.
• Prevención de brotes en centros de trabajo y transporte de pasajeros
En el acuerdo del MSPAS también se da a conocer la estrategia de prevención y control de brotes de Covid-19 para los centros de trabajo formales, trabajadores independientes y el transporte de pasajeros.
Las empresas que contemplen aumentar gradualmente sus actividades, basándose en las fases ya indicadas, deben cumplir con normas básicas, como:
• Registro de la empresa en una plataforma electrónica que se habilitará para recoger información de los protocolos y actividades sanitarias del centro de trabajo.
• Clasificar a sus empleados en categorías de alto y bajo riesgo. En el primer rango estarán quienes tengan más de 60 años, las embarazadas o quienes padezcan enfermedades crónicas y para ellos se propiciará el teletrabajo, o bien, acciones que minimicen el contacto con clientes y demás empleados.
• Implementación de medidas de distanciamiento social.
• Disponer de estaciones de limpieza apropiada de manos con disponibilidad de jabón antibacterial y gel de alcohol.
• Reporte obligatorio al distrito de salud pública de cualquier casos sospechoso.
• Para el transporte público se debe cumplir:
• Reforzar el uso de medidas de distanciamiento social que permita la separación física de los pasajeros a por lo menos 1.5 metros.
• Limpieza periódica de manos durante la interacción con los pasajeros.
• Desinfección de las unidades de transporte utilizando productos de limpieza apropiados, antes y después de terminar una ruta.
• Uso de mascarillas durante la prestación del servicio, tanto para conductores como para pasajeros.